miércoles, 4 de febrero de 2015

LA GRAN REDADA DE 1749.

Felipe V, el primero de los Borbones en España, dictó una pragmática en 1717 para conseguir la regularizacion del pueblo gitano , basada en tres puntos principales. En primer lugar, aunque ya existía precedente en el reinado anterior (1695), era preciso elaborar un censo, que sirviese para controlar mejor la población gitana. En él se debía incluir el nombre, la edad y el oficio, así como su modo de vida y los animales y armas que poseyesen. (La mayor densidad de gitanos se encontraba en Cataluña y en Andalucía.)
Seguidamente, el único trabajo que les era permitido estaba relacionado con la agricultura. Y, en tercer lugar, se señalaban de forma expresa las ciudades donde los gitanos se avecindasen y se especificaba que no podían salir de ellas sin permiso de la justicia. Este último punto obligaba a las familias, que ya estaban asentadas y enraizadas en determinados lugares, que mudasen su vecindad.
Para mayor abundamiento, a los gitanos se les excluía también del derecho a recurrir contra las decisiones de la Justicia; el derecho a la ocupación de cargos públicos; el derecho a casarse entre ellos; el derecho a llevar a cabo sus propias fiestas y ceremonias; o el derecho a hablar el caló.
El monarca dio instrucciones a todos los comandantes generales, gobernadores, corregidores y justicias para que “los que se llaman gitanos de cualquier clase o condición, que sean casados o solteros, en quien no concurran los requisitos de haber vivido arreglados a las reales pragmáticas, decretos, providencias del consejo, aunque tengan ejecutorias, declaraciones de castellanos viejos, se apliquen a trabajar a las obras públicas o Reales, en cualquier destino bajo las órdenes y providencias que tuviere por conveniente a estos fines y a su seguridad, y al que huyere, sin mas justificación, se le ahorque irremisiblemente”.
El 30 de julio de 1749 el ‘pacífico’ rey Fernando VI, el de paz con todos, guerra con ninguno, autorizó la Gran Redada, también conocida como Prisión general de gitanos, organizada en secreto por el marqués de la Ensenada, puesta en marcha simultáneamente en todas las Capitanías del territorio español, que supuso la detención de entre nueve y doce mil gitanos: “arrestar y extinguir, decía la orden, sin excepción de sexo, estado, edad, o reserva con respecto a refugio alguno al que se hayan acogido”.
La Gran Redada fue un miércoles negro en la historia de los gitanos: la prisión general de los gitanos cargados con cadenas y grilletes, llevada acabo por D. Gaspar Vázquez Tablada, obispo de Oviedo y Gobernador del Consejo de Castilla, con la imprescindible colaboración del ejército, llevaron cautivas a las 881 familias gitanas avecindadas y censadas en España.
Separaron en grupos: en el primer grupo estaban las mujeres y los niños menores de 12 años; el segundo grupo lo formaron los niños de 12 hasta 15 años; y, con los hombres y los niños de más de 15 años, se formó el tercer grupo.
De esta forma llevaron acabo las separaciones conyugales. Esta medida no tenía otro motivo que ‘extinguir’ un colectivo humano.
Los que no fueran mujeres ni niños menores, se les obligaba a trabajos forzados en las minas y arsenales. 14.000 gitanos, se calcula, fueron ‘internados’ en las minas de Almadén y en los arsenales de Cartagena, de Cádiz (La Carraca) y de El Ferrol (La Graña). Los más pequeños tampoco se libraron bajo el pretexto de que “aprendieran algún oficio”.
Por esos años (19 de julio 1749), el jesuita Padre Francisco Rávago, confesor de Fernando VI decía: “Me parece bien los medios que propone (el gobernador del Consejo) para extirpar esta mala raza de gentes, odiosa a Dios y perniciosa a los hombres. Grande obsequio hará el Rey a Dios nuestro Señor si lograse extinguir a esa gente”.
María Helena Sánchez Ortega, en Historia de una represión (Historia 16, febrero 1978), dice: “Apenas trasladados los gitanos a los arsenales y minas comenzaron las reclamaciones solicitando su libertad. Justificaban su vida ordenada, estar legítimamente casados, educar cristianamente a sus hijos, vivir de acuerdo con las Pragmáticas, etc”. Y no sólo eran los gitanos los que protestaban. Según Bernard Leblón, en Los gitanos en España. El precio y el valor de la diferencia (1987), escribe: “Son muchas las aldeas andaluzas que reclaman a sus herreros, sus prensadores de aceituna y sus panaderos, cuya ausencia paraliza la vida de la comarca”.
Fernando VI, ante estas protestas, no tuvo más que dictar una nueva pragmática (28 de octubre de 1749), que permitía la puesta en libertad de todos los que probasen su ‘vida arreglada’ a través de informes secretos emitidos por la justicia y los párrocos de las localidades.

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